A partir del 1.º de enero se encuentra habilitada la Solicitud de Exención 2025, que se realiza exclusivamente a través del Portal de Autogestión, completando la Declaración Jurada y adjuntando la documentación requerida.
El plazo se extenderá hasta el 31 de marzo.

Los egresados que durante el año 2025 no superaron ingresos mensuales de $52.608 (8 BPC) pueden solicitar la exoneración del aporte Fondo.

Quienes hayan tenido ingresos mensuales inferiores a $39.456 (6 BPC) también pueden solicitar la exoneración del aporte Adicional.

Para calcular el ingreso promedio mensual proveniente de actividades laborales se consideran:

Resultado bruto obtenido por titulares de empresas unipersonales, socios con actividad en establecimientos comerciales, establecimientos rurales.

Importes nominales obtenidos en relación de dependencia: salarios, aguinaldos, salario vacacional y todo ingreso de naturaleza salarial.

Facturación por honorarios y/o servicios personales (importes sin considerar IVA).

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